Aguinaldo de diciembre 2026: cuándo se cobra y cuál es la fecha límite de pago

Aguinaldo de diciembre 2026: cuándo se cobra y cuál es la fecha límite de pago

El pago del aguinaldo de diciembre es uno de los ingresos más esperados del cierre de año para millones de argentinos.Tanto los trabajadores en actividad como los jubilados y pensionados tienen derecho a recibir esta segunda cuota del Sueldo Anual Complementario, aunque existen diferencias en las fechas y modalidades de cobro.Según el artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo, modificado por la Ley 27.073, la segunda cuota del aguinaldo debe abonarse hasta el 18 de diciembre de cada año. En 2026, esa fecha caerá viernes.La normativa establece ese día como vencimiento para el pago del SAC (Sueldo Anual Complementario). Si bien algunas fuentes mencionan una extensión de cuatro días hábiles, que llevaría el plazo hasta el jueves 24 de diciembre, es importante tener en cuenta que esa prórroga no figura expresamente en el artículo que regula el aguinaldo.Por lo tanto, el 18 de diciembre es la fecha límite prevista por la ley para los trabajadores en relación de dependencia.Cuándo cobran el aguinaldo los jubilados y pensionadosLos jubilados y pensionados de la ANSeS reciben la segunda cuota del aguinaldo junto con el haber mensual de diciembre. No existe una fecha única para todos los beneficiarios, ya que los pagos se organizan de acuerdo con el monto de la prestación y la terminación del DNI.El organismo publica el calendario de pagos al comienzo de cada mes. De esta manera, cada jubilado o pensionado puede consultar cuándo le corresponde cobrar su prestación y el aguinaldo.Cómo se calcula el aguinaldo de diciembreEl aguinaldo equivale al 50% de la mayor remuneración mensual devengada por el trabajador durante el segundo semestre del año, es decir, entre julio y diciembre.Para determinar el monto se toma el mejor salario bruto del período y se consideran los conceptos remunerativos que correspondan, como horas extras, comisiones y otros adicionales salariales.En caso de no haber trabajado los seis meses completos, corresponde cobrar un aguinaldo proporcional al tiempo trabajado. Para estimarlo, se puede dividir el mejor sueldo mensual por 12 y multiplicar el resultado por la cantidad de meses trabajados durante el semestre.Además, la ley establece que el empleador debe estimar el salario de diciembre para calcular la segunda cuota. Si al finalizar el mes la remuneración real resulta superior a la utilizada para el cálculo, deberá abonar la diferencia junto con el sueldo de diciembre.Recibí en tu mail todas las noticias, historias y análisis de los periodistas de ClarínQUIERO RECIBIRLOEconomíaAguinaldoJubiladosAnsesSCS

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